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SII novedades 2018

arlitek SII versión 1.1

El 22 de Febrero de 2018, el Ministerio de Hacienda publicó en el BOE la Nueva Orden, HFP/187/2018, por la que se modifica de nuevo en 2018 la Norma de Suministro Inmediato de la Información del IVA (SII). Esta nueva orden para el Sistema SII entrará en vigor el día 1 de julio de 2018.


La Nueva Orden HFP/187/2018, modifica de nuevo las especificaciones de la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Administración Tributaria, SII, a través de una nueva versión de los esquemas

Novedades

El 1 de julio de 2018 entrará en vigor una nueva versión de los esquemas, aunque convivirán con la versión 1.0 durante algunas semanas. Estos son los cambios más relevantes:

  • Se añadirá el NIF de la entidad sucedida en la identificación de la factura, con el objetivo de identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.

  • Se añadirán dos marcas para identificar dentro de las claves propias de facturas completas a las facturas simplificadas “cualificadas” (aquellas que identifican al destinatario) y a las facturas completas en la que no es obligatorio identificar al destinatario.

  • Se añadirá también en el Libro de Registro de facturas expedidas una marca para identificar las facturas expedidas por terceros de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera y sexta del RD 16196/20212.

  • Se añade una nueva clave de medio de cobro / pago de las operaciones acogidas o afectadas el régimen especial del criterio de caja del IVA para identificar aquellos cobros y pagos que se instrumenten mediante órdenes de domiciliación bancaria.

  • Se renombrarán algunas etiquetas para ofrecer mayor claridad y precisión jurídica en las denominaciones: periodo de liquidación, facturación por terceros o por el destinatario e importe de transmisiones de inmuebles sujetos a IVA.

  • Los arrendadores de locales con más de 15 referencias por factura tendrán que generar nuevo libro aparte con todas las referencias.

  • Las agencias de viajes y los sujetos al régimen de bienes usados tendrán que incluir obligatoriamente el importe total de las facturas. Las Agencias de viaje deberán identificar a todos los destinatarios de las operaciones en todos los servicios y no solo en los transportes aéreos.

  • El plazo de las rectificativas para su inclusión en el SII será desde el momento de la expedición y no de la operación, salvo motivo justificado.

  • El plazo de los cobros y pagos será desde las fechas de cobro y pago respectivamente.

  • Las entidades que tengan liquidación voluntaria trimestral podrán acogerse al SII manteniendo el plazo de declaración trimestral. En este caso la fecha de ingreso de la liquidación se mantiene en el día 20 del mes correspondiente.

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